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D. Eugenio Montero Ríos |
Fernando Vizcaíno Casas fue un magnífico
abogado laboralista y un escritor de novelas de gran éxito. También fue un gran recopilador de anécdotas sobre tribunales y juzgados plasmadas en varios volúmenes. En uno de ellos, titulado “Nuevas historias
puñeteras”, narra una anécdota que, por su enjundia y moralina, es de obligado relato:
Sucedió a principios del
siglo XX. Sus protagonistas fueron don Eugenio Montero Ríos, afamado abogado
gallego y ex ministro de Gracia y Justicia, y un paisano del lugar,
aparentemente corto de luces, que le fue a visitar. El encuentro fue de la
siguiente manera:
-Mire, don Eugenio, Yo es
que tengo una tierriña, nada, apenas me da para ir malviviendo, pero ahora me
preocupa lo del vecino.
-¿Pues qué le pasa a su
vecino? –le preguntó Montero Rios.
-Es el dueño del pazo
“colidante” de al lado.
-Si ese pazo linda con su
terreno es lo que llamamos en derecho colindante
–le corrigió el abogado.
-Bueno, el “colidante” ese
plantó unos eucaliptos en la “colidancia”, justo donde se juntan los dos
campos, el suyo y el mío.
-¿Y bien?
-Que las raíces se me han
metido en mis tierras, oiga, y me fastidian toda la cosecha de ese lado y, por
si algo fallaran, las copas dan un sombrajo que no permite crecer lo sembrado.
Y yo me pregunto: ¿Tiene el señor “colidante” derecho a hacerme esa ruina?
-Ningún derecho. Usted puede
solicitar legalmente incluso que arranque los árboles causantes del perjuicio.
-Pues no sabe lo que me
alegra oírlo. Oiga, pero es que este vecino “colidante” tiene influencias,
usted ya me entiende. A ver si en el juzgado…
-¡Por favor! La Ley no
conoce de favoritismos. Si se puede demostrar el daño que usted aduce, quédese
tranquilo que la Justicia le dará la razón.
-¡No sabe lo que celebro eso
que usted me dice! Óigame, don Eugenio, ¿y no podría ponérmelo por escrito? Lo
que llaman un “ditamen” o algo así.
-Naturalmente. Venga mañana
a esta misma hora y lo tendrá listo. Al día siguiente el famoso abogado recibió
al campesino.
-No he creído necesario
extenderme porque el asunto está suficientemente claro.
-Está claro. Vaya que está
claro. No sabe cuánto se lo agradezco. ¿Qué le debo, don Eugenio?
-La secretaria le dirá. El
campesino abonó al minuta y al momento regresó al despacho del abogado.
-¿Alguna duda, querido
amigo?
–le preguntó Montero Ríos.
-No, no es eso, don Eugenio.
Verá es que no le dije que mi vecino es usted, como dueño del pazo “colidante”,
se dice así, ¿verdad? O sea, que supongo que no tendrá inconveniente en
arrancar sus árboles, si no existe otro remedio, como muy bien explica aquí, en
su “ditamen”.Sucedió a
principios del siglo XX. Sus protagonistas fueron don Eugenio Montero Ríos,
afamado abogado gallego y ex ministro de Gracia y Justicia, y un paisano del
lugar, aparentemente corto de luces, que le fue a visitar. El encuentro fue de
la siguiente manera. -Mire, don Eugenio, Yo es que tengo una tierriña, nada,
apenas me da para ir malviviendo, pero ahora me preocupa lo del vecino. -¿Pues
qué le pasa a su vecino? –le preguntó Montero Rios. -Es el dueño del pazo
“colidante” de al lado. -Si ese pazo linda con su terreno es lo que llamamos en
derecho colindante –le corrigió el abogado. -Bueno, el “colidante” ese plantó
unos eucaliptos en la “colidancia”, justo donde se juntan los dos campos, el
suyo y el mío. -¿Y bien? -Que las raíces se me han metido en mis tierras, oiga,
y me fastidian toda la cosecha de ese lado y, por si algo fallaran, las copas
dan un sombrajo que no permite crecer lo sembrado. Y yo me pregunto: ¿Tiene el
señor “colidante” derecho a hacerme esa ruina? -Ningún derecho. Usted puede
solicitar legalmente incluso que arranque los árboles causantes del perjuicio.
-Pues no sabe lo que me alegra oírlo. Oiga, pero es que este vecino “colidante”
tiene influencias, usted ya me entiende. A ver si en el juzgado… -¡Por favor!
La Ley no conoce de favoritismos. Si se puede demostrar el daño que usted
aduce, quédese tranquilo que la Justicia le dará la razón. -¡No sabe lo que
celebro eso que usted me dice! Óigame, don Eugenio, ¿y no podría ponérmelo por
escrito? Lo que llaman un “ditamen” o algo así. -Naturalmente. Venga mañana a
esta misma hora y lo tendrá listo. Al día siguiente el famoso abogado recibió
al campesino. -No he creído necesario extenderme porque el asunto está
suficientemente claro. -Está claro. Vaya que está claro. No sabe cuánto se lo
agradezco. ¿Qué le debo, don Eugenio? -La secretaria le dirá. El campesino
abonó al minuta y al momento regresó al despacho del abogado. -¿Alguna duda,
querido amigo? –le preguntó Montero Ríos. -No, no es eso, don Eugenio. Verá es
que no le dije que mi vecino es usted, como dueño del pazo “colidante”, se dice
así, ¿verdad? O sea, que supongo que no tendrá inconveniente en arrancar sus
árboles, si no existe otro remedio, como muy bien explica aquí, en su
“ditamen”.Sucedió a principios del siglo XX. Sus protagonistas fueron don
Eugenio Montero Ríos, afamado abogado gallego y ex ministro de Gracia y
Justicia, y un paisano del lugar, aparentemente corto de luces, que le fue a visitar.
El encuentro fue de la siguiente manera. -Mire, don Eugenio, Yo es que tengo
una tierriña, nada, apenas me da para ir malviviendo, pero ahora me preocupa lo
del vecino. -¿Pues qué le pasa a su vecino? –le preguntó Montero Rios. -Es el
dueño del pazo “colidante” de al lado. -Si ese pazo linda con su terreno es lo
que llamamos en derecho colindante –le corrigió el abogado. -Bueno, el
“colidante” ese plantó unos eucaliptos en la “colidancia”, justo donde se
juntan los dos campos, el suyo y el mío. -¿Y bien? -Que las raíces se me han
metido en mis tierras, oiga, y me fastidian toda la cosecha de ese lado y, por
si algo fallaran, las copas dan un sombrajo que no permite crecer lo sembrado.
Y yo me pregunto: ¿Tiene el señor “colidante” derecho a hacerme esa ruina?
-Ningún derecho. Usted puede solicitar legalmente incluso que arranque los
árboles causantes del perjuicio. -Pues no sabe lo que me alegra oírlo. Oiga,
pero es que este vecino “colidante” tiene influencias, usted ya me entiende. A
ver si en el juzgado… -¡Por favor! La Ley no conoce de favoritismos. Si se
puede demostrar el daño que usted aduce, quédese tranquilo que la Justicia le
dará la razón. -¡No sabe lo que celebro eso que usted me dice! Óigame, don
Eugenio, ¿y no podría ponérmelo por escrito? Lo que llaman un “ditamen” o algo
así. -Naturalmente. Venga mañana a esta misma hora y lo tendrá listo. Al día
siguiente el famoso abogado recibió al campesino. -No he creído necesario
extenderme porque el asunto está suficientemente claro. -Está claro. Vaya que
está claro. No sabe cuánto se lo agradezco. ¿Qué le debo, don Eugenio? -La
secretaria le dirá. El campesino abonó al minuta y al momento regresó al
despacho del abogado. -¿Alguna duda, querido amigo? –le preguntó Montero Ríos.
-No, no es eso, don Eugenio. Verá es que no le dije que mi vecino es usted,
como dueño del pazo “colidante”, se dice así, ¿verdad? O sea, que supongo que
no tendrá inconveniente en arrancar sus árboles, si no existe otro remedio,
como muy bien explica aquí, en su “ditamen”.Sucedió a principios del siglo XX.
Sus protagonistas fueron don Eugenio Montero Ríos, afamado abogado gallego y ex
ministro de Gracia y Justicia, y un paisano del lugar, aparentemente corto de
luces, que le fue a visitar. El encuentro fue de la siguiente manera. -Mire,
don Eugenio, Yo es que tengo una tierriña, nada, apenas me da para ir
malviviendo, pero ahora me preocupa lo del vecino. -¿Pues qué le pasa a su
vecino? –le preguntó Montero Rios. -Es el dueño del pazo “colidante” de al
lado. -Si ese pazo linda con su terreno es lo que llamamos en derecho
colindante –le corrigió el abogado. -Bueno, el “colidante” ese plantó unos
eucaliptos en la “colidancia”, justo donde se juntan los dos campos, el suyo y
el mío. -¿Y bien? -Que las raíces se me han metido en mis tierras, oiga, y me
fastidian toda la cosecha de ese lado y, por si algo fallaran, las copas dan un
sombrajo que no permite crecer lo sembrado. Y yo me pregunto: ¿Tiene el señor
“colidante” derecho a hacerme esa ruina? -Ningún derecho. Usted puede solicitar
legalmente incluso que arranque los árboles causantes del perjuicio. -Pues no
sabe lo que me alegra oírlo. Oiga, pero es que este vecino “colidante” tiene
influencias, usted ya me entiende. A ver si en el juzgado… -¡Por favor! La Ley
no conoce de favoritismos. Si se puede demostrar el daño que usted aduce,
quédese tranquilo que la Justicia le dará la razón. -¡No sabe lo que celebro
eso que usted me dice! Óigame, don Eugenio, ¿y no podría ponérmelo por escrito?
Lo que llaman un “ditamen” o algo así. -Naturalmente. Venga mañana a esta misma
hora y lo tendrá listo. Al día siguiente el famoso abogado recibió al
campesino. -No he creído necesario extenderme porque el asunto está
suficientemente claro. -Está claro. Vaya que está claro. No sabe cuánto se lo
agradezco. ¿Qué le debo, don Eugenio? -La secretaria le dirá. El campesino
abonó al minuta y al momento regresó al despacho del abogado. -¿Alguna duda,
querido amigo? –le preguntó Montero Ríos. -No, no es eso, don Eugenio. Verá es
que no le dije que mi vecino es usted, como dueño del pazo “colidante”, se dice
así, ¿verdad? O sea, que supongo que no tendrá inconveniente en arrancar sus
árboles, si no existe otro remedio, como muy bien explica aquí, en su
“ditamen”.
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