domingo, 10 de octubre de 2010

Apuntes Jacobeos: Peregrinación penal

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5.3.- Peregrinación penal. Cuando la pena ha sido impuesta por una autoridad civil en vez de religiosa, la peregrinación penitencial se convierte en penal. Este tipo de penas, sustitutorias de las de destierro, debieron ser bastante frecuentes en la edad media como vemos en la iconografía de la época. Numerosas ilustraciones nos muestran a grupos de peregrinos caminando encadenados y desnudos. Eran estos, dice Bonet Correa, los que habiendo cometido un homicidio estaban condenados a caminar con sus herrajes hasta que un milagro los librase de su atadura. Así marchaban llenos de frío, pues estos nudi cum ferro iban siempre desnudos.

Don Jesús Precedo, en su texto sobre El sentido de la peregrinación ayer y hoy, recoge una muestra de delitos diversos a los que se aplicaba pena de peregrinación, muestra que completa Bango Torviso y de las que extraemos las siguientes noticias:

En 1328 los Estatutos de la ciudad de Lieja condenaban a una peregrinación a Santiago de Compostela al raptor de una esposa o hija, siendo la peregrinación a beneficio de la parte ofendida. Y, en el siglo XV, se castigaba con dos peregrinaciones a quien hiriera gravemente a otro en la iglesia o intentara echar a alguien del templo violentamente.

Más severos eran los Estatutos de Saint-Trond de 1366, que fijaban para el anterior delito de rapto la pena de dos peregrinaciones a Santiago, una a beneficio del agraviado y la otra a beneficio de la ciudad. Según las Ordenanzas de esta misma ciudad de 1423, debían peregrinar a Compostela quienes se opusiesen al pago de las rentas de la villa o delinquieran contra el derecho de propiedad en general.

Por su parte, los Estatutos de la ciudad de Maestrich castigaban a los violadores de la tregua de Dios con una peregrinación a beneficio de la comunidad, y la Charte de Tongres de 1502 imponía dos peregrinaciones a quien sacase espada o cuchillo contra el prójimo...

Pero no todo ocurría en la lejana edad media. En 1987 se presentó como experiencia piloto un proyecto del gobierno autónomo flamenco que buscaba la integración social de jóvenes delincuentes por medio del peregrinaje. El proyecto, al que se dio el nombre Oikoten, tuvo un resultado esperanzador y, suponemos y esperamos que tendrá continuidad. Sin embargo, como nos dice Antón Pombo al comentar la citada experiencia flamenca, por penados no se debe entender únicamente a los condenados por los tribunales, pues en sentido figurado también caben todos los esclavos de la rutina, los cautivos por el peso absorbente de normas y estrechos convencionalismos o los reos de la miopía político-cultural, las más de las veces acríticamente instalados en un sistema de producción y consumo delirante.

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